Canon de saneamiento

  • ¿Qué es el canon?

    El Canon de Saneamiento es un impuesto público propio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, creado y regulado por la Ley 3/2000 de 12 de julio, destinado a cubrir los gastos de operación y mantenimiento de las instalaciones públicas de saneamiento y depuración.

    Es un tributo de carácter ambiental y finalista que debe garantizar la correcta explotación y conservación de las instalaciones públicas de depuración de aguas residuales y su recaudación solamente puede ser dedicada a ello.

    Su carácter es conforme a los principios europeos de “recuperación de costes” y de “quien contamina paga” pues su cuantía es proporcional al consumo y, en el caso de aguas industriales, también a la contaminación aportada.

  • Características del impuesto

    Su hecho imponible lo constituye la producción de aguas residuales, generadas por el metabolismo humano, la actividad doméstica, pecuaria, comercial o industrial, que realicen su vertido final a una red municipal de saneamiento, o sistema general de colectores públicos, manifestada a través del consumo medido o estimado de agua de cualquier procedencia.

    La base imponible vendrá determinada por el volumen de agua consumida, medida en metros cúbicos, para usos domésticos o no domésticos pudiendo diferenciarse en su determinación atendiendo a esta clase de uso. Su aplicación afectará tanto al consumo de agua suministrada por los Ayuntamientos o por las Empresas de abastecimiento como a los consumos no medidos por contadores o no facturados procedentes de cualquier fuente de suministro.

    El sujeto pasivo del impuesto en calidad de contribuyente, son las personas físicas o jurídicas, así como las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, aun careciendo de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado, cuando sean titulares de los consumos de agua. Salvo prueba en contrario se considerará como contribuyente a quien figure como titular del contrato de suministro de agua, a quien adquiera agua para su consumo directo o sea titular de aprovechamientos de agua o propietario de instalaciones de recogida de agua, pluviales o similares para su propio consumo.

  • Usos domésticos

    Consumos de agua realizados en viviendas que den lugar a aguas residuales generadas principalmente por el metabolismo humano y las actividades domésticas.

  • Usos no domésticos

    Consumos de agua no efectuados desde viviendas o realizados desde locales y establecimientos utilizados para efectuar cualquier actividad pecuaria, comercial, industrial o de servicios, así como la incorporación directa a las redes de alcantarillado de aguas no residuales procedentes de actividades de achique de sótanos, desagüe o refrigeración de circuito abierto.

  • Achiques, desagüe y refrigeración

    La aportación al alcantarillado público de aguas no residuales procedentes de achique de sótanos, desagüe, o refrigeración en circuito abierto, está sometida al canon de saneamiento. Deberán, también, presentar la Declaración Periódica (DP), con los aportes realizados cuatrimestralmente.

Tarifa del canon de saneamiento

La tarifa del canon de saneamiento diferencia, según los distintos usos, doméstico o no doméstico un componente fijo y otro variable. El componente fijo consistirá en una cantidad anual expresada en euros por año que recaerá sobre cada sujeto pasivo sometido al canon, y que se pagará proporcionalmente al periodo que abarque la facturación del consumo de agua junto con el componente variable. El componente variable aplicable se expresará en euros por metro cúbico, en función de la base imponible a aplicar.

La tarifa vigente del Canon de Saneamiento es la establecida por la Ley 3/2002 de 20 de mayo de, y sus valores numéricos modificados por la Ley 1/2017 de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la CARM para 2017 que continúan vigentes:

Concepto Tarifa no doméstica Tarifa doméstica
Cuota de
consumo
0.42 €/m³ 0.30 €/m³
Cuota de
servicio
42 € por fuente de
suministro al año
36 € por
abonado al año
Usuarios no domésticos
Cuota de consumo: 0.42 €/m³
Cuota de servicio: 36 € por abonado al año
Usuarios domésticos
Cuota de consumo: 0.30 €/m³
Cuota de servicio: 42 € por fuente de suministro al año

Cálculo de familia tipo

Para una familia de 3 miembros con un consumo anual de 149 m³/año según la tarifa actual:

6,73 €
mensual
20,18 €
trimestral
80,70 €
anual

*Para achiques de sótanos, desagües y refrigeración en circuito abierto se aplicará la Tarifa General para usos No Domésticos.

Calcula
tu cuota

La calculadora da como respuesta el valor del importe anual del Canon de Saneamiento introduciendo datos supuestos para el volumen anual consumido, la naturaleza doméstica o no doméstica del consumo y, el valor estimado de los coeficientes correctores para la carga contaminante (Cc) y para el volumen realmente vertido (Cv), con valores comprendidos entre 0.5 y 8 y entre 0.1 y 1 respectivamente.







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